AVISO DE PRIVACIDAD INTEGRAL Sistema o base de datos al que se incorporan los datos personales: RED DE CANDIDATAS Y RED DE MUJERES ELECTAS Base de datos: RED DE MUJERES JUZGADORAS CANDIDATAS Y ELECTAS ¿Quién es el responsable y administrador de tus datos personales y dónde puedes localizarlo? El responsable es el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), con domicilio en Paseo Tollocan No. 944, Col. Santa Ana Tlapaltitlán, C.P. 50160, Toluca, Estado de México, con número telefónico (722) 2757300 y 8007124336. La administradora es la Licenciada Susana Munguia Fernández, Jefa de la Unidad para la Coordinación de los Trabajos de Igualdad de Género y Erradicación de la Violencia Política en Razón de Género. ¿Qué datos personales recabamos? - Datos de las candidatas y/o mujeres electas: • Datos de identificación: • Nombre. • Correo electrónico particular. • Teléfono particular. • Calidad (candidata o electa). • Vía de postulación (Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial). • Cargo de postulación. • Especialidad. • Distrito. • Región. • Edad. • Firma. La entrega de los datos personales es Obligatoria. ¿En caso de que te negaras a entregar tus datos personales, cuáles son las consecuencias? - No podrás sumarte a la Red de Mujeres Juzgadoras. Candidatas y Electas. - No podrás participar en las actividades de la Red de Mujeres Juzgadoras. Candidatas y Electas. ¿Para qué finalidad principal utilizaremos tus datos personales? - Conformar la(s) Red(es) que se implementen con motivo de los procesos electorales judiciales en el ámbito nacional y estatal a través de las cuales se difundirá e intercambiará información específica sobre el ejercicio de los derechos político-electorales de sus integrantes durante dichos procesos y en el desempeño del cargo, además de dar seguimiento e identificar casos de posible violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMRG) y brindar acompañamiento. De manera adicional, recabaremos tus datos personales que serán utilizados para las siguientes finalidades secundarias: - Sistematizar y generar información estadística, así como informes que se presentan ante la Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales, A.C. (AMCEE) y órganos colegiados del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) de los casos de violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMRG) de candidatas postuladas a los diferentes cargos de elección popular y mujeres electas que se registren o participen en la(s) Red(es) que se implementen con motivo de los procesos electorales judiciales en el ámbito nacional y estatal. - Proporcionar vía correo electrónico y teléfono particular (WhatsApp) información (de divulgación y/o académica) acerca de la violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMRG) a las candidatas postuladas a los diferentes cargos de elección popular y mujeres electas, que se registren o participen en la(s) Red(es) que se implementen con motivo de los procesos electorales judiciales en el ámbito nacional y estatal. - Hacer de conocimiento a las mujeres juzgadoras, candidatas y electas, las actividades programadas en la(s) Red(es) que se implementen con motivo de los procesos electorales judiciales en el ámbito nacional y estatal. - Informar y capacitar a las mujeres juzgadoras, candidatas y electas, en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMRG) y temas afines. - Ser un vínculo de contacto con candidatas y mujeres que resultaron electas en los procesos electorales judiciales ordinarios y extraordinarios para orientarlas, capacitarlas y proporcionarles información en temas de violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMRG), con el fin de generar datos estadísticos sobre el clima de violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMRG) que viven las mujeres cuando aspiran o ejercen el cargo. - Construir acciones conjuntas, preventivas y correctivas, entre la Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales, A.C. (AMCEE), el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), cada una en el ámbito de su competencia. - Crear una comunicación institucional con las candidatas y mujeres que resultaron electas en los procesos electorales judiciales ordinarios y extraordinarios con el objetivo de identificar casos que pudieran ser constitutivos de violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMRG). - Promover el registro en la Red de Mujeres Juzgadoras, Candidatas y Electas, así como los beneficios de formar parte de ellas. - Brindar apoyo, asistencia y asesoría en el ámbito de las facultades del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), sobre aquellos casos de violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMRG) que pudieran experimentar las mujeres juzgadoras, candidatas y electas, en el ejercicio de sus derechos político electorales. - Transferir a la Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales, A.C. (AMCEE) nombre y cargo de las candidatas y mujeres electas mediante proceso electoral judicial ordinario o extraordinario que sean víctimas de violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMRG) por medio de los informes que se generen periódicamente. - Establecer comunicación con las mujeres que integran la Red de Mujeres Juzgadoras, Candidatas y Electas, a través de los canales de comunicación institucionales con el propósito de llevar a cabo capacitaciones, así como compartir conocimientos y experiencias en el ejercicio del cargo. - Elaborar contenido digital para su difusión que permita a las participantes de la Red de Mujeres Juzgadoras, Candidatas y Electas, recibir capacitación de forma continua en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMRG) y, acompañamiento, así como para la promoción de las Redes. - Comunicar los datos personales a las diferentes áreas del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) para el cumplimiento de sus atribuciones. La siguiente finalidad requiere el consentimiento expreso y por escrito: - En su caso, adherirse a la(s) Red(es) que se implementen con motivo de los procesos electorales judiciales en el ámbito nacional y estatal. ¿Cuál es el fundamento legal que faculta al IEEM para llevar a cabo el tratamiento de tus datos personales? - Artículos 1, párrafos primero, tercero y quinto, 4, párrafos primero y vigésimo tercero y 96 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. - Artículos 20 Bis, 20 Ter, 27, 36, fracción XIV y 48 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. - Artículos 3, incisos k) y l), 7, numeral 5, 442 Bis, 463 Bis, 463 Ter, 474 Bis y 497 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. - Artículos 5, párrafos primero, tercero, cuarto, octavo, noveno y décimo, 11, 29, fracción II, 88, 89 y 91, fracción VI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. - Artículos 27 Quinquies, 27 Sexies y 27 Septies de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México. - Artículos 1, fracción V, 3, 7, fracciones XII Bis, XII Ter y XX, 9, párrafos tercero y octavo, 13, 116, fracción IX, 168, 183, párrafo primero, fracción I, inciso f), 196, fracción XXXVII, 201 Bis, 470 Bis, 473 Bis, 473 Ter, 473 Quater, 482, párrafo primero, fracción IV, párrafos segundo, tercero y cuarto, 567, 568, 570, 571 y 589 del Código Electoral del Estado de México. - Artículo 47 del Reglamento Interno del Instituto Electoral del Estado de México. - Apartado 11 del Manual de Organización del Instituto Electoral del Estado de México. - Convenios de Apoyo, Coordinación y Colaboración entre el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) referentes a la realización de procesos electorales. - Modificación al Programa de Trabajo 2020-2021 de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación, realizada en la Segunda Sesión Ordinaria de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación, en la cual se aprobó la modificación a la Actividad 1, de la línea de acción 5.1, del Objetivo específico 5, incorporando la implementación de la Red Nacional de Candidatas a un cargo de elección popular en el ámbito estatal para dar seguimiento a los casos de violencia política contra la mujer en razón de género en el proceso electoral 2020-2021. - Puntos PRIMERO y SEGUNDO del Acuerdo IEEM/CIGyND/01/2022 de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación, por el que se aprueba la reactivación de la Red Nacional de Candidatas a un cargo de elección popular en el ámbito estatal para dar seguimiento a los casos de Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género en la Elección Extraordinaria de Atlautla 2022. - Acuerdo IEEM/CG/19/2022 del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), por el que se aprueba la activación de la Red de Candidatas para dar seguimiento a los casos de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género en la Elección Extraordinaria de Atlautla 2022. - Punto PRIMERO del Acuerdo IEEM/CIGyND/02/2022 de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación, por el que se aprueba el Documento Operativo de la Red de Mujeres Electas 2022. - Acuerdo IEEM/CG/23/2022 del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), por el que se aprueba el Documento Operativo de la Red de Mujeres Electas 2022. - Acuerdo IEEM/CG/31/2022 del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), por el que se crea la Unidad para la Coordinación de los Trabajos de Igualdad de Género y Erradicación de la Violencia Política en Razón de Género del Instituto Electoral del Estado de México. - Acuerdo IEEM/CIGyND/02/2024 de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación, por el que se remite al Consejo General la propuesta de Programa Operativo de la Red de Candidatas y la Red de Mujeres Electas en el Estado de México. - Convenio de Colaboración entre el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) y la Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales, A.C. (AMCEE) con relación a la Red de Candidatas y Red de Mujeres Electas y su respectivo Programa Operativo 2024. - Acuerdo IEEM/CG/52/2024 de Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), por el que se aprueba el Programa Operativo de la Red de Candidatas y la Red de Mujeres Electas. Proceso Electoral Local 2024. - Convenio de Colaboración entre el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) y la Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales, A.C. (AMCEE) con relación a la Red de Mujeres Juzgadoras, Candidatas y Electas, y su respectivo Programa Operativo 2025. -Acuerdo IEEM/CIGyND/02/2025 de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación, por el que se remite al Consejo General la propuesta de Programa Operativo de la Red de Mujeres Juzgadoras, Candidatas y Electas en el Estado de México. -Instrumentos jurídicos vinculados con la operación de la(s) Red(es) que se implementen con motivo de los procesos electorales judiciales en el ámbito nacional y estatal. ¿Tus datos personales serán objeto de transferencia? No Sí ¿A quién se transfieren tus datos personales? A la Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales, A.C. (AMCEE). ¿Para qué finalidades se transfieren tus datos personales? Para generar estadísticas e integrar informes acerca de la Red de Mujeres Juzgadoras, Candidatas y Electas, y dar seguimiento a las conductas realizadas en contra de candidatas y mujeres electas con motivo del proceso electoral judicial ordinario o extraordinario que puedan constituir violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMRG). ¿Qué fundamento legal autoriza la transferencia? - Convenio de Colaboración entre el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) y la Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales, A.C. (AMCEE) con relación a la Red de Mujeres Juzgadoras, Candidatas y Electas, y su respectivo Programa Operativo 2025. - Instrumentos jurídicos vinculados con la operación de la(s) Red(es) que se implementen con motivo de los procesos electorales judiciales en el ámbito nacional y estatal. ¿Cuáles datos van a ser transferidos? - Datos de las candidatas y las mujeres electas mediante proceso electoral judicial ordinario o extraordinario: • Datos de identificación: • Nombre. • Cargo. ¿Qué sucede cuando otorgas tu consentimiento expreso? Al otorgar su consentimiento expreso faculta al IEEM para realizar la trasferencia de datos de acuerdo con las finalidades previstas en el presente aviso de privacidad. ¿Cómo puedes manifestar tu negativa para la finalidad y transferencia del uso previo al tratamiento de tus datos personales? En caso de que no consientas el uso de tus datos personales para una o varias finalidades, o bien, la transferencia de los mismos, podrás manifestarlo mediante escrito libre presentado ante la Unidad de Transparencia del IEEM que deberá contener nombre y firma, así como la copia de tu identificación oficial para acreditar tu identidad. De igual manera, podrás llevarlo a cabo mediante el ejercicio del derecho de oposición, a través de la página electrónica https://sarcoem.org.mx/sarcoem/ciudadano/login.page del Sistema de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales del Estado de México denominado SARCOEM. ¿Dónde puedes ejercer tus derechos ARCO? Los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición se conocen como derechos ARCO. Los derechos ARCO son independientes. El ejercicio de cualquiera de ellos no es requisito previo ni impide el ejercicio de otro. La procedencia de estos derechos, en su caso, se hará efectiva una vez que acredites tu identidad, o bien, si el ejercicio de tus derechos ARCO se realizara a través de representante legal, este deberá acreditar su personalidad e identidad. Los Derechos ARCO se podrán ejercer a través de la página electrónica https://sarcoem.org.mx/sarcoem/ciudadano/login.page del Sistema de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales del Estado de México denominado SARCOEM, mediante escrito libre, presentado en las oficinas de la Unidad de Transparencia del IEEM, con domicilio en Paseo Tollocan No. 944, Col. Santa Ana Tlapaltitlán, C.P. 50160, Toluca, Estado de México, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, así como vía correo electrónico a transparencia@ieem.org.mx Si deseas conocer el procedimiento para el ejercicio de estos derechos puedes acudir a la Unidad de Transparencia o consultarlo en la página electrónica http://www.ieem.org.mx/transparencia2/avisoprivacidad.php ¿Cómo puedes revocar tu consentimiento para el tratamiento de tus datos personales? Puedes hacerlo en cualquier momento, sin embargo, es importante que tengas en cuenta que no en todos los casos podremos atender tu solicitud, ya que es posible que por alguna obligación legal o contractual requiramos seguir tratando tus datos personales; asimismo, debes considerar que para ciertas finalidades la revocación de tu consentimiento implicará que no puedas continuar con el trámite respectivo o que no podamos brindarte el servicio para el cual recabamos tu información personal. En caso de que desees revocar tu consentimiento, deberás presentar escrito libre ante la Unidad de Transparencia del IEEM, que deberá contener nombre y firma, así como la copia de tu identificación oficial para acreditar tu identidad. ¿Puedes limitar el uso o divulgación y la portabilidad de tus datos personales? En congruencia con las finalidades para el tratamiento de tus datos personales, no se cuenta con medios para limitar su uso o divulgación. ¿Cómo puedes informarte sobre los cambios a este aviso de privacidad? Cualquier modificación al aviso de privacidad, será publicado en la página electrónica del IEEM http://www.ieem.org.mx/, en el vínculo institucional del portal de Transparencia y Acceso a la Información, rubro Avisos de Privacidad y Protección de Datos Personales, apartado “Conoce los avisos de privacidad del IEEM” http://www.ieem.org.mx/transparencia2/avisoprivacidad.php ¿Este Sistema de Datos Personales cuenta con Encargado? No Sí “Se informa que este Sistema de Datos Personales no cuenta con encargado” ¿Qué procedimiento puedes realizar para ejercer tu derecho a la Portabilidad de Datos Personales? Se ajustará a lo dispuesto por el Capítulo III de los “Lineamientos que establecen los parámetros, modalidades y procedimientos para la Portabilidad de Datos Personales” aprobados por Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, asimismo, puedes consultar el procedimiento directamente en la siguiente página electrónica http://www.ieem.org.mx/transparencia2/avisoprivacidad.php ¿Cuál es el domicilio del INFOEM? El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios es el órgano garante competente para orientar, proteger o recibir denuncias relacionadas con el tratamiento de datos personales y ejercicio de derechos ARCO; su domicilio se encuentra ubicado en Calle Pino Suárez sin número, actualmente Carretera Toluca-Ixtapan # 111, Colonia La Michoacana; Metepec Estado de México, C.P. 52166, o bien, puedes contactarte al teléfono 800 821 04 41, así como en el correo electrónico cat@infoem.org.mx